¿Qué implica el delito de falsedad documental?
El delito de falsedad documental se refiere a la alteración, modificación o falsificación total o parcial de los elementos esenciales de un documento, haciéndolo pasar por auténtico.
Este tipo de falsedad abarca tanto la creación de un nuevo documento falso como la adulteración de alguno de los elementos que lo componen.
Tipos de falsedad documental según el Código Penal
El Código Penal español clasifica la falsedad documental en cuatro categorías, dependiendo del tipo de documento involucrado:
- Falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles, así como de despachos emitidos por servicios de telecomunicación.
- Falsificación de documentos privados.
- Falsificación de certificados.
- Falsificación de tarjetas de crédito o débito y cheques de viaje.
En este artículo, nos centraremos en la falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles.
Diferenciación entre documentos públicos
- Documentos públicos: Son aquellos que cuentan con la autorización de un notario o un funcionario público competente, siguiendo las formalidades establecidas por la ley, tal como se define en el artículo 1216 del Código Civil.
- Documentos oficiales: Representan una subcategoría de documentos públicos, específicamente aquellos emitidos por funcionarios en el ejercicio de sus funciones.
- Documentos mercantiles: Son documentos privados elaborados conforme al Código de Comercio que, debido a su importancia en el tráfico jurídico, reciben un tratamiento penal similar al de los documentos públicos. Entre estos se incluyen cheques, pagarés, letras de cambio, pólizas de seguro y libros contables.
Falsificación cometida por autoridades o funcionarios públicos
El artículo 390 del Código Penal establece penas que oscilan entre 3 y 6 años de prisión, junto con multas que varían entre 6 y 24 meses, así como inhabilitación especial por un periodo que puede ir de 2 a 6 años para aquellas autoridades o funcionarios que cometan falsedad en el ejercicio de sus funciones mediante:
- La alteración de un documento en alguno de sus elementos esenciales.
- La simulación total o parcial de un documento, induciendo a error sobre su autenticidad.
- La suposición en un acto de la intervención de personas que no han participado, o atribuyendo a quienes sí lo hicieron declaraciones diferentes a las reales.
- La falta a la verdad en la narración de los hechos.
Falsedad documental por imprudencia grave
El artículo 391 del Código Penal también sanciona las conductas descritas en el artículo 390 cuando son cometidas por imprudencia grave. Estas infracciones pueden conllevar una multa que oscila entre 6 y 12 meses y la suspensión del empleo o cargo público por un periodo que puede ir de 6 meses a 1 año.
Falsificación cometida por particulares (art. 392 CP)
Los particulares que falsifiquen un documento público, oficial o mercantil incurriendo en alguna de las faltas mencionadas anteriormente enfrentan penas que van desde 6 meses hasta 3 años de prisión, así como multas que oscilan entre 6 y 12 meses. Asimismo, se imponen las mismas penas a quienes trafiquen con documentos de identidad falsos sin haber participado directamente en su falsificación.
Uso indebido de documentos públicos
El artículo 393 del Código Penal castiga el uso de documentos falsificados por personas distintas al autor original. Se distinguen dos conductas típicas:
- Presentar un documento falso durante un procedimiento judicial con conocimiento de su falsedad.
- Utilizar un documento falso para causar perjuicio a un tercero.
Ambas acciones se sancionan con penas inferiores a las impuestas a los autores directos de la falsificación.
Falsedad en despachos telegráficos
El delito descrito en el artículo 394 del Código Penal prevé penas que oscilan entre 6 meses y 3 años de prisión e inhabilitación especial por un periodo que puede ir de 2 a 6 años para aquellos funcionarios encargados de servicios telegráficos que simulen o falsifiquen despachos telegráficos u otros documentos relacionados con dichos servicios. Aquellos que hagan uso del despacho falso en detrimento de un tercero también enfrentan penas menores siempre que tengan conocimiento sobre la falsedad del documento.
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